El caso Punta Paraíso: una década de controversia ambiental en la Riviera Nayarita
En Tantita Tinta analizamos cómo un proyecto inmobiliario que prometía lujo frente al mar terminó envuelto en una larga disputa judicial que costó millones de pesos al erario y dejó dos torres al borde del colapso. La historia, que se desenvuelve entre la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y diversos grupos de la sociedad civil, muestra los riesgos de la sobreexplotación de áreas protegidas en México.
Los orígenes de la concesión
En 2009, durante el sexenio de Felipe Calderón, la Semarnat otorgó una concesión de 1,469.92 metros cuadrados en la zona federal marítimo‑terrestre de San Pancho, municipio de Bahía de Banderas, Nayarit. La autorización tenía como objetivo mantener la superficie en estado natural, pero pronto fue transferida a la empresa Pacific Lifestyle Properties, que dio vida al complejo inmobiliario conocido como Punta Paraíso.
Ampliación y el inicio de los problemas
En 2014 la autoridad modificó el título de concesión y amplió la superficie autorizada. Según documentos judiciales, la empresa aprovechó esa ampliación para construir torres y estructuras sin contar con los títulos de uso de suelo requeridos. La Profepa, al detectar la irregularidad, determinó que las obras se habían levantado sobre terrenos ganados al mar sin la documentación adecuada.
El enfrentamiento legal
Pacific Lifestyle Properties impugnó las sanciones ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y, posteriormente, solicitó un amparo. En diciembre de 2019 la compañía, representada por Carlos Lemus, demandó a seis activistas medioambientales, comerciantes y vecinos, alegando daños y perjuicios por supuestas manipulaciones fotográficas que, según la empresa, habían dañado su reputación.
Sin embargo, el dictamen de la Profepa de diciembre de 2021, reforzado en septiembre de 2022, ordenó la demolición de las construcciones ilegales y la restitución de 1,466 metros cuadrados ocupados irregularmente. Además, se impuso una multa de 96,220 pesos por daños ambientales.
Resoluciones recientes y el futuro de las torres
En mayo de 2025 el tribunal administrativo confirmó la validez de la resolución ambiental. El 7 de octubre de 2026, el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito negó por unanimidad el amparo presentado por Pacific Lifestyle Properties, manteniendo la orden de demoler las torres 1 y 2 y de restituir los 1,466.008 metros cuadrados ocupados.
La Profepa informó que continuará vigilando la zona para proteger la vida, la salud y la integridad de las personas, así como para limitar el impacto ambiental de la intervención. Dos de las torres, que se alzaban frente al mar, presentaron daños estructurales graves, agravados por el fuerte oleaje y los vientos del huracán Rachel. Un tercer módulo mostró mejor estado, pero la autoridad ya ordenó su demolición por razones de seguridad civil.
Impacto económico y social
- Inversión y pérdida: Millones de pesos fueron invertidos en la construcción del complejo y, de igual forma, la empresa enfrentó multas y la obligación de retirar las edificaciones.
- Repercusión para la comunidad: Los residentes de San Francisco y los comerciantes locales se vieron envueltos en un conflicto que puso en juego sus medios de vida y la preservación del entorno natural.
- Lección para futuros desarrollos: El caso evidencia la importancia de respetar los procesos de autorización ambiental y de contar con títulos claros antes de iniciar obras en zonas protegidas.
Para nosotros en Tantita Tinta, este episodio sirve como recordatorio de que el crecimiento urbano debe alinearse con la sostenibilidad y la normativa vigente. La naturaleza, como muestra el caso de Punta Paraíso, tiene la última palabra cuando se vulneran sus límites.
Fuente: meridiano.mx