AFORE condenada a pagar tras fallecimiento de trabajadora: qué implica el fallo para los ahorristas

¿Qué ocurrió con la AFORE y el pago tras el fallecimiento de una trabajadora?

En junio de 2024, la Junta Federal 61 de Conciliación y Arbitraje emitió una resolución que obligó a una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) a realizar un pago a favor de quien acreditó ser el legítimo beneficiario de los derechos derivados del deceso de su esposa, quien era trabajadora registrada en el sistema. La determinación no solo involucró a la AFORE, sino también al INFONAVIT y al IMSS, aunque este último fue absuelto de toda responsabilidad.

Partes involucradas y la demanda original

La demanda inicial incluyó a tres instituciones: la AFORE, el INFONAVIT y el IMSS. Tras el análisis, el IMSS resultó libre de cargos, mientras que la AFORE mantuvo su posición de que no debía realizar el pago señalado. Ante esto, la administradora presentó un amparo directo buscando protegerse de la sentencia.

El amparo y su negativa por el Segundo Tribunal Colegiado de Tepic

El asunto llegó al Segundo Tribunal Colegiado ubicado en Tepic, Nayarit. Allí, las magistradas Lourdes Sinaí Navarrete Larios y Luz del Carmen de la Rosa Castillo, junto con el secretario en funciones de magistrado Édgar Alejandro Castro Ramos, examinaron los argumentos de la AFORE. Su conclusión fue unánime: los alegatos de la administradora fueron considerados “inoperantes”.

En la sentencia se lee que los argumentos presentados por la AFORE “son inoperantes, pues resultan novedosos porque, de la lectura integral del escrito de contestación de demanda, se observa que la parte demandada aquí quejosa, no alegó nada relacionado a lo que ahora refiere, aun y cuando aduce que a foja nueve lo hizo.”

Además, los magistrados señalaron que la AFORE intentó introducir temas como minusvalías e inversión de la cuenta individual, cuestión que no había sido planteada en su contestación inicial y, por lo tanto, no estaba obligada a ser examinada de oficio.

¿Qué implica esta resolución para los trabajadores?

Este fallo refuerza la idea de que las instituciones encargadas de la seguridad social y el ahorro para el retiro deben actuar con transparencia y respetar los derechos de los beneficiarios designados. Cuando una trabajadora fallece, los recursos acumulados en su cuenta individual de AFORE pueden ser reclamados por el cónyuge, hijos u otros beneficiarios reconocidos por la ley, siempre que se haya acreditado el vínculo y se haya seguido el procedimiento correspondiente.

La negativa al amparo significa que la AFORE no podrá evadir el pago mediante recursos legales adicionales, al menos en esta instancia, y deberá cumplir con lo dictado por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

Contexto de las AFORE en México

Las Administradoras de Fondos para el Retiro administran los ahorros de millones de mexicanos que pertenecen al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR). Cada cuenta individual está vinculada al Curp del titular y, en caso de fallecimiento, los recursos pueden ser transferidos a los beneficiarios previamente designados o, en su ausencia, a los derechohabientes legales según el orden establecido por la ley.

Los procesos de reclamación suelen requerir documentación como acta de defunción, identificación oficial y, en algunos casos, pruebas de relación familiar. Cuando las instituciones niegan el pago sin una base legal sólida, los afectados pueden acudir a las Juntas de Conciliación y Arbitraje o presentar amparos, como ocurrió en este caso.

Reacciones y próximos pasos

Aunque la resolución ya es definitiva en la vía del amparo, la AFORE podría explorar otros recursos legales, como un juicio de nulidad o una controversia constitucional, aunque esas vías suelen ser más largas y costosas. Mientras tanto, el beneficiario que obtuvo la favorables espera el desembolso de los fondos, cuyo monto no se especificó en la sentencia disponible.

Para los usuarios del sistema, este caso sirve como recordatorio de la importancia de mantener actualizada la designación de beneficiarios y de conservar copias de los documentos que respalden dicho elección. Asimismo, invita a las AFORE a revisar sus protocolos de atención a reclamaciones para evitar litigios que, al final, terminan en condenas como la aquí analizada.

Fuente: meridiano.mx


Deja un comentario